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DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el presente asunto.
SEGUNDO: Declara PROCEDENTE el Recurso de Hecho, interpuesto por la Abogada Eglis Margarita Márquez Román, venezolana, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 211.011, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos JESUS MANUEL CARVAJAL SIFONTES, ANIBAL JOSE CARVAJAL SIFONTES, MARIO RAFAEL CARVAJAL SIFONTES, CARLOS ENRIQUE CARVAJAL SIFONTES Y JOSE GREGORIO RUIZ TRINITARIO, mayores de edad, venezolanos, productores agropecuarios, titulares de las cedulas de identidad N° V- 14.115.965, N° V- 8.953.992, N° V- 11.210.642, N° V- 9.865.006, y N° V- 12.5.....