Revisado como ha sido el acuerdo Transaccional suscrito por las partes el Tribunal deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno y dado que el mismo no vulnera normas de orden público y derechos irrenunciables del trabajador, y ha sido la conclusión de un proceso de Mediación y Conciliación dirigido por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso Y LE IMPARTE EN ESTE ACTO en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LA HOMOLOGACIÓN JUDICIAL al acuerdo suscrito por las partes adquiriendo fuerza de COSA JUZGADA de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el numeral 2 del artículo 89 Constitucional y el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 del Reglamento d.....