En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES) Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación ejercida en fecha 25 de julio de 2012 por la abogado en ejercicio Abogado Mary Tovar inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 40.007, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana IRIS YHAJAIRA CÁRDENAS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.662.536 contra el acto dictado en fecha 27 de junio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio de PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoado contra el ciudadano FREDYS GONZÁLEZ RODRÍGUEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.744.918.
SEGUNDO REVOCAD.....