REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY Y CON COMPETENCIA EN EL ESTADO CARABOBO
(204° y 155°)
Maracay, diecinueve (19) de febrero del año 2015
EXP.- JSAAC- 2014-0308
Vista la diligencia presentada en esta misma fecha por el Abogado Jesús Medina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 32.183, en su condición de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Inversora Moniz C.A., mediante la cual solicita se deje sin efecto el auto de fecha dieciocho (18) de febrero del año en curso, que declaró formalmente cerrado el lapso de promoción y evacuación de pruebas; este Juzgado Superior Agrario, en aras salvaguardar los derechos fundamentales establecidos en el articulo 49 Constitucional, evitando reposiciones innecesarias, y de conformidad con el articulo 310 del Código de Procedimiento Civil, revoca el auto de fecha dieciocho (18.....