Vistas las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA incoada por el CIUDADANO JADIER RAMIREZ en contra de las entidades de trabajo AGROPECUARIA MURI Y RAMON LEDEZMA.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia de la presente Decisión.