III
Por lo antes expuestos y por cuanto se observa que la parte actora tiene facultad para disponer de los diferentes actos en el presente litigio, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección, Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA APELACIÓN, realizado por el Abogado en ejercicio NELSON ANTONIO HOYT VILORIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 291.036, actuando como Apoderado Judicial del ciudadano ANTONIO JOSÉ RADA LÓPEZ, quien incoó la demanda en contra de la Sucesión de la de Cujus HELLA CARL DE DIPALO por motivo de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA y como Consecuencia, se ordena dejar sin efecto el auto dictado en fecha 29/1/2025, el cual escucho dicha apelación en un solo efecto devolutivo, en virtud del desistimiento hecho por la parte apelante arriba identificado.-
Publíquese, Regístrese y Déjese .....