Con base a las anteriores observaciones, ESTA SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECLARA CON LUGAR la pretensión de la Defensora Pública Penal Cuadragésima Segunda Penal del Área Metropolitana de Caracas, Dra. SUSSAN FERREIRA RODRIGUEZ, en su condición de defensora del ciudadano EDDY ROBERT HERNANDEZ TUPANO y en consecuencia, se REVOCA la decisión dictada en fecha 12 de Enero de 2009, por el Juez Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud interpuesta por la mencionada defensa, en relación a que cese la medida de coerción personal que pesa sobre el aludido acusado de autos, por lo que se sustituye la misma en aplicación del principio de proporcionalidad, para conciliar el conflicto de intereses gener.....