En mérito de la decisión aquí proferida, se condena al ciudadano JOSE MANUEL PITA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.464.968, y a la sociedad mercantil LUNCHERIA Y CAFETERIA LA MAQUINA, C.A., a cancelar al actor JOSE ADELSO HERNANDEZ GUERRERO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.224.135, la cantidad de UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 1.162,70), por concepto de Utilidades vencidas y fraccionadas, ordenadas a pagar en la Sentencia proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas; así como los demás conceptos condenados, y calculados por el experto, no fueron objeto de reclamo.