Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO ORDINARIO incoada por el ciudadano YDMUN CATOUCHE CATOUCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.263.387, casado y de este domicilio, debidamente asistido por la ciudadana Rosana Carolina Peña Sánchez, Inpreabogado N° 78.668, contra la ciudadana LILIANA MARIBEL MOLERO LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.643.431, casada y de este domicilio.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial que los une celebrado en fecha veintitrés (23) de abril de 1987, conforme consta en copia certificada del acta de matrimonio que se observa en el folio siete (07) del expediente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón .....