SÉPTIMO: finalmente, con respecto a la solicitud de ejecución forzosa en el presente juicio, este Tribunal ratifica todo lo antes narrado y encuentra ineludible hacerle saber a la parte solicitante, que el presente juicio se encuentra en estado de ejecución forzosa y más específicamente, en estado de remate; razón por lo cual, resulta IMPROCEDENTE tal solicitud. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal.
Dada, sellada y firmada en la sala del despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los _______________________, año 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
LA JUEZA.-
MILAGROS ANTONIETA ZAPATA LA SECRETARIA
GREIBYS GARCÍA
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado, se le publicó y registró la anterior decisión siendo las _________.
LA SECRETARIA,
GREIBYS GARCÍA
EXP N° 41114, MAZ/g.....