Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este Juez dirimente de la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones, se declara COMPETENTE, para conocer de la inhibición planteada por el abogado RICHARD EDUARDO GUEDEZ URBINA, en su carácter de Juez del TRIBUNAL QUINTO (05°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en el asunto N° 5J-3025-2018, seguida a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER JIMENEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.531.048, DEIBY FRANCISCO JIMENEZ GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.470.966 y YORKYN EUNICES PEÑALOZA SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V-20.452.406, la cual guarda relación con la causa N° 1Aa-15.009-2025 (Nomenclatura interna de esta Alzada).
SEGUNDO: Se ADMITE .....