el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Único y Universal Heredero, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana: MARYURI DE LA CHIQUINQUIRA LOPEZ TRUJILLO, supra identificado como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, de la causante EDDA TRUJILLO CASARES quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.458.340 el cual falleció Ab – Intestato en fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil veinticuatro (2024) según consta en Acta de Defunción consignada en autos. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto al interesado. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada por este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre .....