DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTES los reparos presentados al informe del partidor, y en consecuencia: PRIMERO: CON LUGAR LOS REPAROS presentados por la abogada en ejercicio MIRIAN RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20.804, actuando en su carácter de apoderada judicial de la tercera interviniente ANGELA BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.266.293. SEGUNDO: SE DEJA SIN EFECTO, el informe de avalúo presentado por el partidor ciudadano LUIS OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.027.401, constante de diecisiete (17) folios útiles, cursantes desde el folio 179 al folio 195 de la pieza N° 4. TERCERO: Se ordena la notificación de las partes.....