Seguidamente, siendo las 10:30 de la mañana la Juez, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 constitucional en concordancia con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, acordó conceder un lapso de espera de treinta (30) minutos con el objeto de que los ocupantes se hagan presentes y se asistan de abogado de confianza y ejerzan el derecho a la defensa. En este estado, siendo las 11:10 de la mañana se hizo presente una ciudadana que sin mostrar documento alguno que acredite su identidad, manifestó al Tribunal responder al nombre de Liliana Chaguala, de nacionalidad colombiana y portadora de cédula de identidad Nº 1032372618 y añadió que habita esta residencia en calidad de arrendataria de una habitación de la misma.En este estado, el Tribunal, siendo las 11:20 de la mañana, agotado el lapso de espera y vista la comisión conferida por el Juzgado de la causa así como del principio constitucional a la tutela judicial efectiv.....