Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Roberto Enrique Rodríguez, venezolano, a sus hijos el ciudadano Robert Elieser Rodríguez Villegas y los adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), como tal concurrían a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.