III
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. DECLARA CON LUGAR la demanda por Desalojo incoada por los ciudadanos CARLOS EDUARDO PIRES PEREIRA, IRAMA YACQUELINE PIRES PEREIRA Y MARIA PEREIRA TEODORO PIRES, identificados en autos, contra el ciudadano BERNARDO LONDRILLI, identificado en autos. Se CONDENA a la parte demandada a hacerle entrega a la parte demandante del inmueble consistente de un (01) apartamento adecuado para vivienda unifamiliar, identificado con el Nº 2, Segundo Piso, ubicado en la Avenida Bolívar Oeste, Nº 158, Edificio "ROYAL", de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, completamente libre de personas y cosas, en el mismo buen estado en que lo recibió.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente causa.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera .....