Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: la AMPLIACIÓN del fallo proferido en fecha 30 de mayo de 2012 en el presente cuaderno. En consecuencia queda ampliada la adjudicación otorgada al ciudadano JOSE JORGE GONCALVES GONCALVES, titular de la cédula de identidad No. V-9.680.778, de los inmuebles que se especifican a continuación: el primero, ubicado en el Centro Comercial residencial "CAPCIMIDE", de esta ciudad de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, en la Av. Ramon Narváez, sector La Coromoto, distinguido como el Local No. 13, con un Área de construcción: 71.75 m2 según documento, linderos y medidas particulares son: Norte: con pasillo de circulación; Sur: fachada sur; Este: No. 14 y; Oeste: pasillo, hall, escalera, ascensores y deposito de aseo, según consta de título de .....