D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, disolviendo el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los Ciudadanos CARMEN RAMONA PINEDA Y LUIS MIGUEL GIMENEZ TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.729.093 Y V-4.568.322 respectivamente, que contrajeron matrimonio en fecha Treinta (30) de Noviembre del año Mil Novecientos Setenta y Siete (1977), según se evidencia de Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua; la cual se encuentra inserta bajo Nº 1048, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Despacho, dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al.....