Por auto de esta fecha, este Tribunal Superior, oye la Apelación interpuesta en ambos efectos, y ordena remitir el presente Expediente, a los Juzgados Nacionales de lo Contencioso Administrativo, con Sede en Caracas, Distrito Capital, a la cual le sea distribuida, a los fines de que conozca de la Apelación interpuesta, mediante Oficio que se ordena librar, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública en concordancia con lo establecido en el artículo 87 y 89 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.Asimismo se deja constancia que en el presente expediente se procedió a enmendar o corregir la foliatura del folios uno (01) en adelante, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil.