DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Tercero (03°) en función de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: ABSUELVE a las ciudadanas 1-MARIA GREGORIA LEMUS MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-14183.711, fecha de nacimiento: 22/10/1975, edad: 50 años, profesión: DEL HOGAR, residenciado en: BELLA VISTA, CALLE 5 DE JULIO, CASA N°13, SECTOR LOS MANGUITOS, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ARAGUA y 2-JENNIFER ONIL HERNANDEZ LEMUS, titular de la cedula de identidad N° V-26.834.572, fecha de nacimiento: 05/07/1995, edad: 29 años, profesión DEL HOGAR, residenciado en: BELLA VISTA, CALLE 5 DE JULIO, CASA N°13, SECTOR LOS MANGUITOS, MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO ARAGUA, por la no comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, de conformid.....