D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el convencimiento celebrado entre los ciudadanos: MARIA FILOMENA SACCUCCI PANTANO, LUCIO CLAUDIO SACCUCCI PANTANO, SANDRA FIORINA SACCUCCI PANTANO y PASQUALE LORETO SACCUCCI PANTANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-8.811.224, V-11.179.866. V-10.355.381 y V-10.355.380 respectivamente, y su abogada asistente María Barrios, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 167.969, y por la parte demandada el ciudadano: EDUARDO RAFAEL BERNIQUE CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la
cedula de identidad N° V-14.241.543 y su abogada asistente LISBETH REQUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 280.786. En virtud de que tal actuación n.....