DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal pasa a decidir la acción propuesta atendiendo a lo alegado y probado en autos, en merito de las razones que preceden este Juzgado del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO compra venta intentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE GONZALEZ QUIROZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-12.168.740, en contra del ciudadano JOSÉ EDUARDO DI STEFANO HERNANDEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.211.192; SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada hacer la tradición es decir la entrega material del inmueble ubicado en la Calle Negro Primero Apartamento signado con el N° 8-4 situada en la planta octava (8) del Edificio denominado N° 7 Pico el Águila el cual forma parte del desarrollo Habitacional Multifamilia.....