DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, la solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio, presentada por el ciudadano WILLIAM JOSE TOVAR DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.163.470
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Cagua, a los Diecinueve (19) días del mes de Julio de Dos Mil Doce (2.012)- Años: 202º de la Independencia y 153° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. WUILLIE GONCALVES.
LA SECRETARIA
ABG. BERLIX ARIAS LOZADA.-
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo anuncio de Ley, siendo.....