Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SIN LUGAR la acción principal del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado RICHARD JOSÉ SILVA MENDOZA, en su carácter de Defensor Público 6to con competencia en materia Contencioso Administrativo, Penal para los funcionarios Policiales del Área Metropolitana de Caracas, en representación de la ciudadana YERRICA COROMOTO GONZALEZ LUCAMBIO contra el acto administrativo contenido en la Decisión Nº 014-2015, de fecha 23 de junio de 2015 suscrito por los Miembros del Consejo Disciplinario del Distrito Capital del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Relaciones Interiores, Justicia y Paz.
2.- PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión subsidiaria del recurs.....