D E C I S I Ó N
En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte actora contra de la decisión definitiva dictada por esta Superioridad en fecha 06 de julio de 2018.
Publíquese, regístrese, déjese copia y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
LA JUEZA SUPERIOR
ABG. MERCEDES D. CORONADO R.
LA SECRETARIA,
JUBELY FRANCO SOTO
En esta misma fecha, siendo 3:05 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
JUBELY FRANCO SOTO
Asunto: DP11-R-2018-000056.
MCR/jfs.