IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la RECUSACIÓN propuesta por la abogada JOSEFINA JULIETA IRIARTE BUSTAMANTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.651, en contra del ciudadano DR. RAMÓN CAMACARO PARRA, Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, señalándose igualmente que deberá seguir conociendo del expediente N° 12.924 llevado en ese Tribunal a su cargo. Así se decide.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se Impone una multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000) lo que es equivalente a DOS BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 2,00), a la ciudadana JOSEFINA I.....