III
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE DEMANDA QUE POR DESALOJO intentó la ciudadana LUISA ALBERTINA DE GUZMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-4.841.740 y de este domicilio, contra el ciudadano SERGIO RAMON REGNAULT BESONE, venezolano, quien es titular de la Cédula de Identidad N°: V-6.268.899, sobre un inmueble objeto de Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes, sobre inmueble constituido por un apartamento ubicado en el Parque Residencial La Haciendita, Conjunto Residencial Yaracuy, segunda planta, No.:H-21 en Cagua Municipio Sucre del Estado Aragua, que dicho apartamento consta de las siguientes dependencias: salón-comedor, cocina con mobiliario empotrado revestido en formica, lavadero,.....