IV
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO, fundamentada el literal "a" del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, incoada por el ciudadano REMO SPERA VARROZZI, en contra del ciudadano JOSÉ RAFAEL NIEVES BUITRIAGO;
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a hacer entrega material, real y efectiva, libre de bienes y personas, a la parte actora, del "inmueble constituido por parte de un galpón, con un área aproximada de doscientos doce metros cuadrados (212 Mts.2), el cual forma parte de un galpón con una superficie mayor, distinguido con el número uno (No. 1), el cual se encuentra ubicado en el kilómetro dos (2 Km) de la carretera que conduce de Baruta a la urbanización El Placer.....