Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento del ciudadano HUGO RODRÍGUEZ, inscrita ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador del Distrito Federal Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital), identificada con el Nº 872, de fecha 7 de febrero de 1.944. En consecuencia, se ordena la rectificación solicitada, en los siguientes términos: donde dice: "...que tiene por nombre: HUGO, y que es hijo natural de Isabel Rodríguez, de treinta y dos años de edad..." debe decir y leerse "...que tiene por nombre: HUGO, y que es hijo natural de Isabel Salazar Rodríguez, de treinta y dos años de edad...", que es lo correcto.-