Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la excusa interpuesta por la ciudadana: FRANCIA RAMONA TOMASETTI DE MATA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 8.355.111, lo cual le impide comparecer a los actos que pudieran fijarse en el presente asunto.