SANCIONA CONFORME AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISION DE LOS HECHOS, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS DE REGLAS DE CONDUCTA