Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra el ciudadano JOSE ANTONIO RAMOS RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V-27.556.351. Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, nacido en fecha 06-12-95, de 20 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Luisa Argelia Ramos (V) y Juan Carlos Lara (V), de profesión u oficio: Agricultor, natural Maturín, Estado Monagas, domiciliado en el Sector San Agustín, calle Valle Verde, casa s/n, frente a la Planta de Tratamiento de Caripe, Estado Monagas, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Orgánico Procesal Penal, y POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.