Mediante Auto este Tribunal Primero, acuerda: PRIMERO: Oficiar al Director Centro Penitenciario de Oriente "El Dorado" Estado Bolívar, a los fines de que informe a la brevedad posible a este órgano jurisdiccional los motivos por los cuales hasta la presente fecha no se ha materializado el traslado del penado JOSE RAFAEL SANCHEZ, portador de la cédula de identidad Nº 5.399.080, desde el Centro Penitenciario de Oriente "El Dorado" Estado Bolívar hasta el Centro de Formación para el Hombre Nuevo "Nelson Mandela" . Así mismo se le ordena en virtud de su deber derivado de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de las demás leyes y reglamentos vigentes, garantice en la práctica el derecho a la vida y a la integridad física del condenado ciudadano JOSE RAFAEL SANCHEZ, puesto que es un derecho humano fundamental que debe ser resguardado, mediante el uso del personal adscrito a dicha sede policial.-