DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: GALARRAGA GERARDO JOSE y HERNANDEZ MARIA SIXTA antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 23 de Agosto de 1.971, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el N° 137, del año 1.971, de los libros llevados por ante el extinto Juzgado Segundo de Parroquia del Departamento Libertador de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda.
Liquídese la comunidad de gananciales.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Del Municipio Zamora de la Cir.....