De conformidad con el artículo 314 del nuevo Código Orgánico Procesal en su vigencia anticipada, se orden a la apertura del juicio Oral y Público, en contra del ciudadano RUBEN ELUID BASTIDAS AGUILERA, titular de la cédula de identidad Nº 25.618.070, Venezolano, Natural de la Victoria estado Aragua, nacido en fecha 03/03/1994, de 18 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: YARIBEL AGUILERA (V) y de RUBEN BASTIDAS (V); domiciliado: el parquecito, calle principal , Maturín, Estado Monagas, teléfono: No posee, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 5 Y 6 ordinales 1,2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo automotor, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano JOSE ALEXANDER DELGADILLO. Admitiendo así TOTALMENTE la acusación fiscal.-