Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscal 25° del Ministerio Público del estado Aragua, en contra del ciudadano ANDRES ELOY ESQUIVEL ALMENAR, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, se ordena el PASE A JUICIO ORAL Y PRIVADO conforme al artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ANDRES ELOY ESQUIVEL ALMENAR, de nacionalidad Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de 68 años de edad, estado civil soltero, Profesión u Oficio: Comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V-3.230.142, domiciliado en San Joaquín de Turmero, Urbanización Villa Paraíso, Casa Nº 91, Estado Aragua, teléfono: 0412-899.2685, por la comisión del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA,