Atendiendo a los razonamientos expresados, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: QUE ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la decisión que negó la solicitud de perención, dictada por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.