III
D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: GERYS GREGORIO BASABE FERRER y KATHERINE PATRICIA MORENO DE BASABE, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-13.200.075 y V-13.910.300 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO, el Vinculo Conyugal que los une, contraído la Prefectura de la Parroquia Aguas Calientes del Municipio Diego Ibarra de Estado Carabobo, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 98, folio 118, del año 1997, de los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima Ley Orgánica .....