DISPOSITIVA
En consecuencia a lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley: DECLARA: la PENA CUMPLIDA POR EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en lo que respecta a la pena corporal al YOANDER JOSE DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-25.677.441, mediante el cual Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, lo Condenó, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS CINCO (05) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionados en los articulo 458 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal. Se observa que el penado fue condenado a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 ejusdem SE ACUERDA: LA LIBERTAD PLENA del referido ciud.....