Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos JOSE FRANCISCO TOVAR REYES y ANA MARIA YELAMO, identificados con las cedula las de identidad N° V-9.921.676 y V-8.800.091, respectivamente y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veinte (20) de abril del año 2017, por ante el Registro Civil Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, Estado Guárico, según acta de matrimonio inserta bajo el N° 83, Folio 83, Tomo I, Año 2017, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de diciembre del año 2.....