Por los razonamientos ante expuestos este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando
Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara " CON LUGAR ", la demanda que por DESALOJO, intentó la ciudadana LILA MARGARITA CUEVAS GIRAND, asistida por los abogados en ejercicio BELARMINO JESUS FERNANDEZ y CARLOS BOFFIL RODRIGUEZ, Inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 50.551 y 37.978 respectivamente, en contra del ciudadano MARIO GIUSEPPE PINTO LORETO, identificados en autos, sobe el inmueble un inmueble constituido por un Local Comercial, de su propiedad, ubicado en la Avenida 106, Nº 32, Barrio La Democracia, en esta Ciudad de Maracay, Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, de un área aproximada de CUATROCIENTOS SESENTA METROS ( 460,oo Mts.2 ), y sus
linderos son: NORTE: Con casa.....