Ahora bien, probado  como ha  sido lo  alegado,  y  vista  la  obviedad del error  denunciado   que   no   amerita   la   tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR 
la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana HEIDI ARACELIS HERNÁNDEZ LÓPEZ,  por  lo  que donde dice: "5.270.879", debe decir "27.178.672"; así mismo  ordena  oficiar  al  Registro  Civil   de la Prefectura del Municipio Girardot del Estado Aragua y al Registrador Principal del Estado Aragua, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento de la ciudadana HEIDI ARACELIS HERNÁNDEZ LÓPEZ, y así se decide.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la Solicitud y de la Sentencia que fueren mene.....