Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto Restitutorio interpuesto por la Sociedad Mercantil AGRÍCOLA PROAGIVEN C.A., originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Judicial del Estado Aragua, en fecha 7 de agosto de 1.988, bajo el No. 28, Tomo 32-A, contra los ciudadanos CARMINA SILVA y VICENTE MORALES, la primera de nacionalidad portuguesa, el segundo venezolano, identificados con las cédulas de identidad números E-81.188.361 y V-6.211.769, respectivamente.
No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Remítase a su Tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Ins.....