Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela con Autoridad de Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por COBRO DE BENEFICIOS CONTRACTUALES LABORALES, incoada por el ciudadano ROBINSON RAUL LIENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.337.234, contra la entidad de trabajo SERAVIAN, C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 23 de Septiembre de 1987, bajo el Nro. 69, Tomo 96-A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas a la parte actora en virtud de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en Ley.
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