DISPOSITIVA
En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos YILDA BEATRIZ ESCORCHE y JOSE ALEJANDRO CALDERON HERRERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.755.265 Y 8.731.772 respectivamente, asistidos por la abogada LISBETH BORGES, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 209.700. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 18 de Diciembre de 2021, contrajeron Matrimonio Civil, por ante la primera autoridad Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, según se evidencia, Acta de matr.....