III
             Por las razones  anteriormente expuestas, este  Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  DECLARA: PRIMERO:  PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de RESOLUCION DE CONTRATO intentada por la ciudadana: ELIZABETH JIMENEZ DE RAMIREZ, titular de la cedula de identidad No: V- 3.373.596,  contra los Ciudadanos ODALIS DEL VALLE NAVAS CANELON Y LUIS ALBERTO RUIZ SILVA, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N°: 11.036.667 y 10.457.851. SEGUNDO: Se ordena la entrega a la parte actora, supra identificada del inmueble que esta constituido por un galpón comercial  signado con el No.:117, ubicado en la calle Independencia Norte, Cagua estado Aragua, cuyas medidas y linderos son: NORTE: solar de casa que es o fue,  de Julia Romero; NACIENTE: con una extensión de veinte metros (2.....