En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION de INQUISICION DE PATERNIDAD interpuesto por la ciudadana MARIA DEL VALLE VILLAZANA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 8.195.869, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSE VICENTE RONDON GARCIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99514, contra la ciudadana YULEINNE JOSEFINA PERERA PEREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 12.304.829
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