DISPOSITIVO
En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO formulado por los ciudadanos HETCEN JESUS NOCE NUÑEZ y YOSMARY YSBERLYN RAMIREZ AREVALO, venezolanos, titulares de las cedula de identidad Nros. V-17.167.018 y V-17.245.353, respectivamente.
En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNÍA, contraído en fecha 01 de abril de 2006, por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según consta en el Acta de Matrimonio Nº 122, Año 2006.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio .....