DISPOSITIVA
Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO SIN LUGAR, la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano VICTOR MANUEL BOLIVAR, cédula de identidad Nro V-13.254.761 contra la Asociación Civil UNIÓN SAN JOSÉ, PIÑONAL, LAS ACACIAS RUTA 3.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se advierte a las partes que el lapso para interponer los recursos pertinentes, comienza a transcurrir a partir del primer día hábil siguie.....