Esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por las ciudadanas ORIANA MARIELIS, ANDRYS IVANA, ARGELYS EVERLYN y YELITZA VICTORIA GRANADO PEREIRA contra el ciudadano ARGENIS RAFAEL GRANADO ALCALA, plenamente identificados, estableciéndose la obligación alimentaría de la siguiente manera: El SETENTA Y SEIS (76%) POR CIENTO mensual de un SALARIO MINIMO DEL DECRETADO POR EL EJECUTIVO NACIONAL, que conforme al Decreto Presidencial No. 6052 publicado en Gaceta Oficial No. 38.921 del 01 de mayo del 2.008, equivale a la suma de SEISCIENTOS SIETE BOLIVARES FURTES CON CUARENTA Y UN CENTIMO (Bs. F 6.....